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miércoles, diciembre 21, 2011

Lavado de activos “es un cargo fundado y sólido que tiene que llegar hasta el final”

José Morales fiscal de la unidad de delitos de alta complejidad de la fiscalía centro norte

Lavado de activos "es un cargo fundado y sólido que tiene que llegar hasta el final"

Además, adelanta que no pueden descartar nuevas formalizaciones en el caso La Polar.

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Por Natalia Godoy Mundaca



José Morales es el fiscal que lidera la Unidad de Delitos de Alta Complejidad de la Fiscalía Centro Norte, donde junto a otros cinco abogados conforman el equipo que investiga el escándalo financiero del año, protagonizado por La Polar.

A pesar de que la magistrada María Verónica Orozco consideró la madrugada del viernes pasado que por ahora no existen antecedentes suficientes para formalizar por lavado de activos, la Fiscalía mantendrá dicha acusación hasta el final. Y es que el proceso que busca responsabilidades penales recién comienza: aún no se ha determinado el número exacto de clientes que pagaron y fueron renegociados, faltan testigos por declarar, nuevos formalizados y más delitos. Eso sí, "al menos esta semana", dijo Morales, no solicitarán la audiencia de quienes serán los próximos imputados.



-¿Les faltaron pruebas más contundentes para demostrar lavado de activos?


Lo importante es que las operaciones que nosotros pretendimos demostrar como lavado de activos se acreditaron, quedaron absolutamente claras. La jueza tuvo una apreciación jurídica distinta respecto de si esas operaciones pudiesen o no ser consideradas dentro de aquellas que tipifica el artículo 27 de la Ley 19.913. Nosotros sí creemos que esos actos son actos propios de ocultación o actos propios del uso de dominio de aprovechamiento que establece la ley.



-¿Volverán a insistir en que sí hubo lavado de activos

?
La acusación como tal nosotros la podemos mantener hasta el juicio oral, por lo tanto lo único que ha determinado la jueza es que por ahora no hay antecedentes para estimar participación en ese delito, lo cual no significa que no se puede llevar a juicio oral. Vamos a tratar de perfeccionar el cargo, considerar los antecedentes que expuso la magistrada, mejorar los antecedentes respecto de este cargo particular y explicarlo de mejor forma. Quizás, pudimos haber sido más claros para explicarlo; por lo tanto, nos hacemos cargo y vamos a mejor eso, pero no significa que nosotros no vayamos a perseverar. Creemos que es un cargo fundado y sólido que tiene que llegar hasta el final de este proceso.



-La ley 20.393 establece responsabilidad penal a personas jurídicas ¿De lograr formalizar por lavado de activos a los ejecutivos es posible que se formalice a La Polar?


Por el momento hemos formalizado sólo a personas naturales, no podemos adelantarnos ahora ni a asegurar ni descartar formalizaciones.



¿Cuál es el escenario que tendría que darse para que este delito califique en la causa de La Polar?


La ley establece que determinados delitos como lavado de dinero, cohecho y otros tienen que ser cometidos por los principales ejecutivos en beneficio de la sociedad. Esos son los requisitos legales que se establece.



- En la audiencia mostraron operaciones de los ejecutivos realizadas después del hecho esencial del 9 de junio ¿qué pasa con quienes asesoraron esos movimientos y firmaron contratos?


El concepto de lavado de dinero es prácticamente el conocimiento del origen de los fondos, es decir, del origen ilícito. Por lo tanto, cualquier persona que participe en estas operaciones habiendo conocido el origen ilícito de estos fondos y pretendiendo sustraer estos fondos puede eventualmente ser formalizado por lavado de dinero. Ninguna persona está fuera de cometer lavado de dinero desde el punto de vista delictual ni desde el punto de vista de la negligencia inexcusable que establece la ley.



- En la defensa de Pablo Alcalde, Daniel Praetorius dijo que el estudio Bofill Mir & Alvarez Jana no asesoró dichas operaciones sino que fue Barros & Errázuriz ¿Un abogado no está fuera?


Ninguna persona está fuera de cometer lavado de dinero desde el punto de vista delictual ni desde el punto de vista inexcusable que establece la ley para cometer el delito de lavado de dinero.

Fuente:DF

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
Diplomado en Gerencia en Administracion Publica ONU
Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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