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viernes, mayo 03, 2013

BIOETICA: GANA LA VIDA

Gana la vida: La Corte Suprema mexicana falla a favor del blindaje legal de los estados frente al aborto

La protección del derecho a la vida, fortalecida en México tras el fallo de la Corte Suprema avalando las reformas constitucionales de Oaxaca y Guanajuato
El alto tribunal reconoce que las reformas estatales no violan la Constitución federal
También rechaza el argumento de los proaborto sobre que la reforma violenta "los derechos reproductivos de las mujeres"
Asimismo, la Corte sostiene que las reformas tampoco transgreden el principio de laicidad del Estado

CFUENCISLA | VIE, 03/05/2013 - 15:50

Las 18 reformas constitucionales estatales que reconocen, protegen y garantizan el derecho a la vida desde la fecundación se fortalecen tras el ajustado fallo, por el que se desestiman los recursos contra este blindaje legal frente al aborto.

REDACCIÓN HO.- Las 18 reformas constitucionales emprendidas por el consiguiente número de estados mexicanos que reconocen, protegen y garantizan el derecho a la vida desde el momento de la fecundación, se vieron fortalecidas este jueves, 2 de mayo, con la sentencia emitida por los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a favor de las reformas de Oaxaca y Guanajuato de 2009.

En declaraciones remitidas a Noticias HO, el Doctor en Derecho José María Soberanes Díezprofesor e investigador universitario especializado en Derecho Constitucional, Derechos Humanos y Derecho Procesal, manifestó que al desecharse en la Corte las controversias constitucionales promovidas por los municipios de Asunción Ixtaltepec (Oaxaca) y Uriangato (Guanajuato) "se fortalece el derecho a la vida en nuestro país""El pleno de la SCJN ha considerado que el reconocimiento de la vida no afecta de forma alguna a los municipios, con lo que ha dejado claro el apego de las reformas a la Constitución Federal desde la óptica municipal", subrayó.

Con ello la Corte también "consideró como inoperantes los argumentos relativos a que la protección de la vida desde la concepción trasgredían los derechos reproductivos de las mujeres y violaban el principio de estado laico",  resalta el especialista en Derecho Constitucional. "Al resolver estas controversias -añade-, se ha sentado un precedente judicial aplicable al resto de los estados que se han pronunciado a favor de la vida, dejando en claro que no contravienen la Constitución".

La sentencia

En sesión ordinaria, el pleno de la Corte ratificó por cinco votos a favor y cuatro en contra la validez de las reformas constitucionales de Oaxaca y Guanajuato, aprobadas en 2009, a través de las cuales se reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida desde el momento de la concepción. De esa manera, los ministros desecharon las controversias constitucionales presentadas por los municipios de Asunción Ixtaltepec, Oaxaca, y Uriangato, Guanajuato, en la que los ayuntamientos argumentaron que la legislación a favor del derecho a la vida afectaba el ámbito de competencia de la autoridad municipal en materia de salud.

Durante la sesión, que se celebró en la sede alterna de la SCJN de Avenida Revolución, y tras un debate intenso, los ministros validaron primero la reforma de Oaxaca, y dado que el caso de Guanajuato era prácticamente similar, los ministros ratificaron su voto, no sin antes rechazar el desistimiento del Ayuntamiento de Uriangrato presentado el pasado lunes a la controversia constitucional.

Los ministros José Ramón Cossío, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Pardo Rebolledo, Margarita Luna Ramos y Alberto Gelacio Pérez Dayán votaron a favor de mantener vigentes las legislaciones de Oaxaca y Guanajuato que protegen el derecho a la vida, mientras que los ministros Fernando Franco, Juan N. Silva Meza, Luis María Aguilar y Arturo Zaldívar votaron en contra de las mismas. A la sesión no asistió la ministra Olga Sánchez Cordero, en tanto que el ministro Sergio Valls Hernández sí estuvo presente en el debate, pero se ausentó en el momento de la votación.
Fuente:

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Rodrigo González Fernández
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UNA ABERRACIÓN: proponen la eutanasia infantil al aborto

Puestos a eliminar vidas, proponen la eutanasia infantil al aborto

Eduard Verhagen apunta a eliminar al niño enfermo tras el nacimiento en lugar de durante la gestación
"Certeza total sobre el diagnóstico y un pronóstico más claro", apunta el médico holandés, autor del Protocolo de Groningen

CFUENCISLA | JUE, 02/05/2013 - 15:07

Certeza total sobre el diagnóstico y un pronóstico más claro: es por lo que el médico holandés Eduard Verhagen defiende que se opte por eliminar al niño enfermo tras el nacimiento, en lugar de durante la gestación.

REDACCIÓN HO.-  Certeza total sobre el diagnóstico y un pronóstico más claro después del nacimiento. Es lo que esgrime el médico holandés Eduard Verhagen, director de Pediatría de la Universidad de Groningen y autor del Protocolo de Groningen para defender la eutanasia infantil en casos de bebés gravemente enfermos, en lugar de abortar en el primer trimestre si se sospecha una grave malformación. 

Verhagen es director de Pediatría de la Universidad de Groningen en Holanda. Pero es más conocido en Europa por la bandera que ha hecho de la eutanasia neonatal, como último método para poner fin al sufrimiento infantil, dice, mirando hacia otro lado ante testimonios de vida como el que en estos días nos ofrece una pequeña de dos años en EE.UUU. Médico y abogado, es autor del Protocolo de Groningen: introducido en 2005 en los Países Bajos, es la  guía que utilizan los médicos holandeses para decidir en qué casos se debe aplicar la eutanasia infantil.  Lo originó el caso de una niña con una grave enfermedad de la piel -epidermolisis bullosa- que provoca la aparición de ampollas internas y externas. Los padres solicitaron a los médicos la eutanasia. La solicitud fue denegada y la niña murió tres meses después. La aprobación del protocolo acarreó una tormenta de críticas, denunciando que con ello se abría la la puerta a la generalización de la eutanasia en recién nacidos.  

Sus escalofriantes puntos de vista aparecen publicados en un número especial de la revista Journal of Medical Ethics, del que hoy se ocupa ampliamente medios como el diario ABC o la web en inglés onmedica.com«Para algunos padres la opción de la eutanasia puede ser una mejor opción. Después del nacimiento el pronóstico es mucho más claro y se pueden discutir todas las opciones de tratamiento disponibles, incluyendo la de los cuidados paliativos», escribe  Verhagen en un artículo del que hoy . «Si todas las partes implicadas (padres, médicos, jueces...) concluyen que el pronóstico es muy sombrío y el estado del bebé se juzga como un sufrimiento insoportable y continuo, ¿por qué no se permitirá como una alternativa al aborto?», sostiene.  En ese mismo,  el médico holandés se pregunta cuál es la diferencia moral entre no ofrecer tratamiento o retirar la hidratación y el alimento y la eutanasia.

Verhagen alude a dos encuestas nacionales de mortalidad infantil de 1995 y 2001 para indicar que evidencian que los médicos estaban tomando decisiones para poner fin a la vida del niño por razones "humanitarias" antes de 2005, pero no estaban informando al respecto. En el 1% de las muertes entre los niños menores de 12 meses, durante este período, los fármacos se administraron con la intención explícita de acelerar la muerte, lo que lleva al autor a concluir que se habría terminado con la vida de entre 15 y 20 niños cada año de esta manera en los Países Bajos. Sin embargo, se informó oficialmente sólo de tres.

Criterios de eutanasia

El Protocolo de Groningen establece los cinco criterios que deben cumplirse para tomar una decisión tan grave: un diagnóstico y pronóstico fuera de toda duda, la presencia de un sufrimiento incontrolable y desesperado, una segunda opinión médica independiente para confirmar el primer diagnóstico, el consentimiento de ambos padres y el visto bueno de la fiscalía general para dar seguridad jurídica.

 





































































































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Rodrigo González Fernández
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