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miércoles, octubre 28, 2009

CHILE: LIBRE DETERMINACION Y LA INTERVENCION ELECTORAL ILEGITIMA DEL GOBIERNO

LA LIBRE DETERMINACIÓN DE LOS PUEBLOS Y LA ILEGITIMA INTERVENCIÓN ELECTORAL

Este derecho está proclamado en la Carta de las Naciones Unidas (art. 1, párrafo 2 y 55), en la Declaración 1514 (XV) del 14 de diciembre de 1960 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la Declaración sobre Fortalecimiento de la Seguridad Internacional de Resolución 2734 (XXV), en la Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional Referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados, (Resolución 2625 (XXV)), en la Declaración sobre la Definición de la Agresión, Resolución 3314 (XXIX), en la Carta de los Derechos y Deberes Económicos de los Estados, Resolución 3281 (XXIX), en muchísimos otros  instrumentos internacionales y en los dos Pactos Internacionales de Derechos Humanos, que  encabezan, en sus artículos primeros, la enumeración de los derechos civiles, políticos,   económicos, sociales y culturales con la trascendental afirmación de que: "Todos los  pueblos tienen el derecho de libre determinación". En virtud de tal derecho "establecen  libremente su condición política".

En consecuencia si un estado o país, SI  viola estas normas esta privando, negando, interviniendo la libre determinación de un pueblo. es violatoria de la Carta y del Jus Cogens.

La intervención electoral  de los gobiernos viola la libre determinación de los pueblos, porque se intervine el proceso eleccionario.

"La excepcional importancia del principio de la libre determinación de los pueblos en el  mundo actual ha permitido estimar que este principio constituye hoy uno de los  ejemplos de jus cogens, es decir, de una "norma imperativa de derecho internacional  general", para usar la expresión del artículo 53 de la Convención de Viena sobre el  Derecho de los Tratados
Fuente
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
Diplomado en Gestión del Conocimiento de la ONU
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Fono Cel. 93934521
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